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Un seguro de fallecimiento se trata de un seguro de decesos, es decir un seguro que contratan aquellas personas que quieren prevenir las consecuencias económicas que se deriven de su propio fallecimiento y que sus familiares no tengan que pagar los gastos funerarios. Además, habitualmente, un seguro de decesos también cubre todos los trámites y gestiones que hay que realizar en el momento del fallecimiento.

Como se trata de un riesgo que tendrá lugar pero que es incierto en el tiempo, como es el caso de muerte, se trata de un seguro que cubrirá toda la vida del asegurado con una duración del contrato anual que se renueva de forma automática e indefinida.

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¿Quién puede contratar un seguro de decesos?
Normalmente cualquier persona puede contratar un seguro de decesos. Lo que se suele hacer es incluir a todos los miembros de la familia en una misma póliza, y esta se mantiene pudiéndose añadir o suprimir sus miembros según fallezcan unos y nazcan otros.
Lo habitual es que la aseguradores pongan un límite de edad para asegurar, es decir, existe una edad máxima de 70 años como tope para asegurarse, aunque no por ello impide a una persona contratar este seguro con una sobreprima.

¿Cuáles son las coberturas básicas de un seguro de fallecimiento o de decesos?
Normalmente, la garantía básica de la póliza incluye el servicio fúnebre hasta el importe pactado y cubre todos los trámites del funeral, ataúd, ceremonia religiosa, dedicatorias y recordatorios, flores y coronas, entierro o incineración, etc…

Otras garantías básicas que se suelen incorporar en el seguro de decesos son:
Coche fúnebre de acompañamiento para los familiares
Traslado del cuerpo desde su domicilio o tanatorio hasta el cementerio
Féretro según el modelo y las calidades elegidas
Sala para el velatorio y capilla ardiente

A parte de las garantías básicas, existen una serie de garantías complementarias que las compañías suelen ofrecer para aquellos que deseen un servicio aún más completo.
Algunas de las garantías complementarias a los seguros de decesos son:

Servicio de asistencia legal a los familiares: para orientarles sobre las pensiones, contratos de seguros vigentes, beneficiarios, reclamaciones, alquileres y otros aspectos de tipo jurídico y/o administrativo.
Traslado nacional o internacional del fallecido: hasta el cementerio o la incineradora que hayan escogido los familiares o conste en testamento (existen limitaciones para esta garantía).
Asistencia en viaje y repatriación sanitaria
Un subsidio diario hasta un máximo de 3 meses
: algunas compañías incluso 6 meses, en caso de hospitalización por intervención quirúrgica (es una combinación con un seguro de enfermedad).