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El bus es uno de los transportes más utilizados por los peques y estudiantes para ir a la escuela. En España millones de estudiantes se desplazan cada curso en uno de los más de 17.000 autobuses escolares que hay circulando por las calles. La seguridad de los más jóvenes es muy importante, por eso desde el año 2017 hay nuevas normas. Entre estas destaca la obligatoriedad del uso del cinturón en los autobuses.  La limitación de la antigüedad de los vehículos, sus características técnicas o más inspecciones son algunos de los cambios de las nuevas normas para aumentar la seguridad de los autobuses escolares.

Junto con estas nuevas normas, la vigilancia del transporte escolar por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) se ha intensificado a lo largo de los últimos años, ya que lamentablemente no siempre se cumple las normas que afectan a este tipo de transporte.
Todas estas medidas de seguridad para cuidar de los más jóvenes en su ruta al colegio o al instituto están acompañadas de la obligación para las empresas de transporte de tener contratado un seguro. Además del seguro obligatorio, los autobuses escolares deben tener contratado un seguro complementario ilimitado que cubra la responsabilidad civil por daños y perjuicios.

En primer lugar, el autobús escolar como cualquier vehículo a motor tiene la obligación de tener contratado un seguro obligatorio de automóviles. Además de este seguro, la empresa de transporte escolar tiene la obligación de contratar un seguro complementario que cubra ilimitadamente la responsabilidad civil por daños y perjuicios. De esta forma, los peques y estudiantes siempre irán muy protegidos en sus viajes al cole con un buen aseguramiento.
 
Gracias a las nuevas medidas de seguridad y los seguros, al cole siempre seguros.
 

¿Sabes que si viajas a un país de la Unión Europea necesitas tener la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE)? Esta  tarjeta puede llegar a ser muy útil en viajes a países europeos por lo que es muy importante conocerla y saber solicitarla y usarla.
 
Pero ¿qué es exactamente y qué cubre la Tarjeta Sanitaria Europea? Según indica la Seguridad Social, “la Tarjeta Sanitaria Europea es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia”.

¿Cuánto dura esta tarjeta? La Tarjeta Sanitaria Europea tiene validez durante dos años desde la fecha de su expedición.
 
¿Qué coberturas tiene esta tarjeta? La asistencia sanitaria cubierta es la misma que recibe un ciudadano del país europeo en al que nos desplazamos. Es muy importante a tener en cuenta que tal como avisa la Seguridad Social: “En algunos casos, deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no son reintegrables”.
 
¿En qué casos no sirve esta tarjeta? No sirve si el objetivo del viaje es recibir un tratamiento médico en el país europeo ni tampoco sirve si una persona cambia su residencia habitual a otro país miembro de la Unión Europea.  
 
¿Quién puede solicitar esta tarjeta? Todos los titulares del derecho y beneficiarios a su cargo que cumplan los requisitos exigidos por la legislación española y por los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.
 
¿Cómo se puede solicitar esta tarjeta? A través de Internet, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para su solicitud es necesario aportar el número de la Seguridad Social y los datos básicos del solicitante. La solicitud de esta tarjeta es totalmente gratuita.
 
La Tarjeta Sanitaria Europa es muy útil para viajar en Europa, pero no sustituye a un completo seguro de viaje. Y como de costumbre, es muy importante antes de viajar revisar todas las coberturas y seguros contratados que puedan incluir garantías que podemos llegar a necesitar como son seguros de vida, salud, viaje o decesos.

 

¿Cuánto dura un viaje? Desde unos pocos días, a unas semanas y hasta meses. Lo más habitual son viajes de unos días (sobre todo vinculados a fines de semanas y festivos) y viajes de semanas coincidiendo con vacaciones estivales. Pero también hay viajes que se prolongan durante meses. De hecho, la mayoría de los viajes duran de 7 a 12 días. Menos del 10% de los viajes duran más de 15 días. Pero sí es cierto que hay verdaderos trotamundos cuyo viaje dura varios meses, incluyendo aquellos que piden un año sabático para recorrer el mundo y estudiantes que se van un año a estudiar al extranjero.

Estar fuera de casa durante mucho tiempo implica muchos riesgos y por eso en este tipo de viajes es imprescindible contar con un buen seguro de viaje y tener bien cubiertas las garantías relacionadas con enfermedades, accidentes, repatriación, asistencia en viaje, defensa jurídica y otros aspectos ante la multitud de incidencias que podríamos encontrarnos en un viaje de este tipo.

El seguro de viaje que cubre estos viajes de larga duración se conoce como seguros de larga estancia. Este seguro cubre viajes desde tres meses hasta 365 días de duración. Como todos los seguros hay muchas garantías y también hay seguros que incluyen restricciones como la posibilidad de no cubrir algunos países por su alto riesgo o los cruceros. En general, a nivel de coberturas son muy similares a las que podemos encontrar en un seguro de viaje habitual, pudiendo encontrar coberturas como el envío de medicamentos si estamos en un país en las que no las hay.

Las coberturas más habituales de los seguros de viaje de larga estancia son: gastos médicos en el extranjero, urgencias odontológicas en el extranjero, equipaje, demora de equipaje, repatriación, estancia en hotel, desplazamiento de un familiar o acompañante, asistencia durante el viaje, responsabilidad civil, accidente en viaje o imprevistos económicos.

Que los viajes largos también se aseguren es un ejemplo de que las compañías de seguros se intentan adaptar a las necesidades de los asegurados. Y los amantes de los viajes pueden estar tranquilos y disfrutar de largos viajes con la certeza de que siempre pueden estar protegidos por un buen seguro de viaje de larga estancia.
 

Madres no hay que más que una por eso hay que cuidar mucho a las mamás. Además de poder regalarles perfumes, ropa, entradas a eventos que les gusten, libros, … ¿por qué no regalarle un buen seguro? Estos tres seguros seguro que sorprenderán a mamá:
 
Un seguro de vida: También llamados de “vida riesgo”. Están pensados para ayudar a tu familia en caso de que tú fallezcas. Por ello, cuando falleces, le entregan a tu familia (o a quien hayas decidido) un capital o una renta (pago periódico). Un seguro de vida riesgo para una madre es una garantía de que si le pasase algo grave sus hijos y familia estarían cubiertos.
 
Un seguro de salud: Un seguro de salud con cuadro médico te cubre la asistencia sanitaria a través de los médicos o centros hospitalarios que la aseguradora pone a tu disposición, haciéndose cargo directamente de los gastos. Estos seguros pueden ser con o sin copago: Con copago: pagas una parte del coste de cada asistencia sanitaria que recibes; Sin copago: no tienes que pagar nada del coste de cada asistencia sanitaria. La salud es lo primero y las mamás valoran mucho en los seguros de salud privados el ginecólogo y el pediatra.
 
Un seguro de ahorro: También llamados de “vida ahorro”. Están pensados para que tengas una hucha disponible para un momento concreto de tu vida. Por eso, al llegar una fecha determinada (fijada en el contrato del seguro), te dan un capital o una renta (pago periódico). Ahorrar es importante, no solo pensando en la jubilación sino también para tener un colchón para imprevistos.
 
Estos tres seguros seguro que sorprenderán a una madre, y, sobre todo, le ayudarán si no lo tiene ya contratado.
 

El seguro de defunción o seguro de decesos es uno de los seguros más popular en España con más de ocho millones de pólizas contratadas que aseguran a más de veintiún millones de personas, según datos de la asociación empresarial de aseguradoras UNESPA. A la hora de contratar un seguro de decesos es muy importante conocer las coberturas que incluyen. Las principales coberturas de un seguro de decesos son:

Servicio funerario: Son los servicios y gestiones necesarias para realizar un entierro o incineración, como son el certificado médico de defunción, el féretro, urna, coche fúnebre y de acompañamiento, tanatorio, flores, recordatorios, esquelas en prensa y radio, servicio religioso o civil, gastos de incineración o inhumación, pudiendo incorporar también la unidad de enterramiento (nicho, sepultura o columbario) con su correspondiente lápida e inscripción.
Traslado nacional: Garantía que contempla todos los gastos derivados del traslado del fallecido en un lugar a otro elegido por la familia dentro del territorio español.
Repatriación: Garantía que contempla todos los gastos derivados de la repatriación del fallecido de un país a otro previamente fijado en el contrato para su entierro o incineración.

 
Además de estas tres coberturas, los seguros de decesos incluyen cada vez más servicios y garantías como las siguientes:

Seguro de accidentes: Este seguro te garantiza una indemnización en caso de que sufras un accidente, es decir, por una causa violenta, inesperada, externa y ajena a ti, que te provoca incapacidad o incluso el fallecimiento. (En ocasiones puede incluir también la cobertura de los gastos de la asistencia sanitaria que puedas necesitar).
Asistencia en viaje: Incluye diversas prestaciones en caso de que te encuentres en dificultades de todo tipo cuando estás fuera de tu domicilio (tanto en España como en el extranjero) y, especialmente, en el transcurso de un viaje (por ejemplo, localización de equipajes, gasto de hospitalización hasta un determinado límite, asistencia por robo, etc.).
Subsidio por incapacidad temporal: Esta cobertura te garantiza una prestación económica diaria si un accidente o enfermedad que requiere la asistencia y/o tratamiento médico te provoca una incapacidad temporal por la que no puedes dedicarte a tu actividad laboral o profesional.
Subsidio por hospitalización: Te garantiza una prestación económica diaria si, como consecuencia de una enfermedad o un accidente, tienes que ser hospitalizado.
Asesoría jurídica: Esta cobertura garantiza el asesoramiento, las gestiones y el pago de los gastos que puedan tener tus familiares cuando, tras tu fallecimiento, deben conseguir determinada documentación jurídica (certificados, pensiones, etc.).
Testamento notarial y testamento vital: Te facilita y cubre los gastos que te genere hacer un testamento notarial abierto en España o modificar otro ya hecho anteriormente. También incluye el documento de instrucciones previas (conocido como testamento vital) por medio del cual puedes expresar objetivos, voluntades e instrucciones vitales, anticipándote a que, llegado el momento, tu salud no te permita expresar tu voluntad (por ejemplo, que en caso de hospitalización, no deseas recibir visitas de determinada persona; designación de determinada persona para tu asistencia y cuidado y cumplimiento de las propias instrucciones previas; deseo de que no exista funeral u honras fúnebres; donación de tu cuerpo a la ciencia o incineración en caso contrario, etc.).
Asistencia psicológica: Prestación de atención psicológica a tus familiares tras tu fallecimiento, algo muy conveniente en caso de fallecimientos traumáticos, de menores, suicidios, huérfanos menores de edad, etc.
Gestión final de la vida digital: En caso de fallecimiento, si tus familiares lo solicitan, el seguro se ocupa (siempre que sea posible) de localizar tus cuentas y perfiles en páginas web, foros, chats, redes sociales, blogs, etc. La aseguradora también puede eliminar, traspasar o conservar en un soporte digital (DVD o memoria USB) los archivos que tengas en sistemas de almacenamiento en servidores (nube de Internet). Además, la aseguradora comunicará el fallecimiento a los responsables de los ficheros para que cancelen tus datos y eliminen tus perfiles y cuentas en redes sociales (siempre que sea posible identificar a los responsables ante los que pedir esta cancelación). Debes tener en cuenta que la compañía no puede garantizar el resultado de estas gestiones.