Madres no hay que más que una por eso hay que cuidar mucho a las mamás. Además de poder regalarles perfumes, ropa, entradas a eventos que les gusten, libros, … ¿por qué no regalarle un buen seguro? Estos tres seguros seguro que sorprenderán a mamá:
Un seguro de vida: También llamados de “vida riesgo”. Están pensados para ayudar a tu familia en caso de que tú fallezcas. Por ello, cuando falleces, le entregan a tu familia (o a quien hayas decidido) un capital o una renta (pago periódico). Un seguro de vida riesgo para una madre es una garantía de que si le pasase algo grave sus hijos y familia estarían cubiertos.
Un seguro de salud: Un seguro de salud con cuadro médico te cubre la asistencia sanitaria a través de los médicos o centros hospitalarios que la aseguradora pone a tu disposición, haciéndose cargo directamente de los gastos. Estos seguros pueden ser con o sin copago: Con copago: pagas una parte del coste de cada asistencia sanitaria que recibes; Sin copago: no tienes que pagar nada del coste de cada asistencia sanitaria. La salud es lo primero y las mamás valoran mucho en los seguros de salud privados el ginecólogo y el pediatra.
Un seguro de ahorro: También llamados de “vida ahorro”. Están pensados para que tengas una hucha disponible para un momento concreto de tu vida. Por eso, al llegar una fecha determinada (fijada en el contrato del seguro), te dan un capital o una renta (pago periódico). Ahorrar es importante, no solo pensando en la jubilación sino también para tener un colchón para imprevistos.
Estos tres seguros seguro que sorprenderán a una madre, y, sobre todo, le ayudarán si no lo tiene ya contratado.
¿Sabes que si viajas a un país de la Unión Europea necesitas tener la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE)? Esta tarjeta puede llegar a ser muy útil en viajes a países europeos por lo que es muy importante conocerla y saber solicitarla y usarla.
Pero ¿qué es exactamente y qué cubre la Tarjeta Sanitaria Europea? Según indica la Seguridad Social, “la Tarjeta Sanitaria Europea es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia”.
¿Cuánto dura esta tarjeta? La Tarjeta Sanitaria Europea tiene validez durante dos años desde la fecha de su expedición.
¿Qué coberturas tiene esta tarjeta? La asistencia sanitaria cubierta es la misma que recibe un ciudadano del país europeo en al que nos desplazamos. Es muy importante a tener en cuenta que tal como avisa la Seguridad Social: “En algunos casos, deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no son reintegrables”.
¿En qué casos no sirve esta tarjeta? No sirve si el objetivo del viaje es recibir un tratamiento médico en el país europeo ni tampoco sirve si una persona cambia su residencia habitual a otro país miembro de la Unión Europea.
¿Quién puede solicitar esta tarjeta? Todos los titulares del derecho y beneficiarios a su cargo que cumplan los requisitos exigidos por la legislación española y por los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.
¿Cómo se puede solicitar esta tarjeta? A través de Internet, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para su solicitud es necesario aportar el número de la Seguridad Social y los datos básicos del solicitante. La solicitud de esta tarjeta es totalmente gratuita.
La Tarjeta Sanitaria Europa es muy útil para viajar en Europa, pero no sustituye a un completo seguro de viaje. Y como de costumbre, es muy importante antes de viajar revisar todas las coberturas y seguros contratados que puedan incluir garantías que podemos llegar a necesitar como son seguros de vida, salud, viaje o decesos.
El seguro de defunción o seguro de decesos es uno de los seguros más popular en España con más de ocho millones de pólizas contratadas que aseguran a más de veintiún millones de personas, según datos de la asociación empresarial de aseguradoras UNESPA. A la hora de contratar un seguro de decesos es muy importante conocer las coberturas que incluyen. Las principales coberturas de un seguro de decesos son:
Servicio funerario: Son los servicios y gestiones necesarias para realizar un entierro o incineración, como son el certificado médico de defunción, el féretro, urna, coche fúnebre y de acompañamiento, tanatorio, flores, recordatorios, esquelas en prensa y radio, servicio religioso o civil, gastos de incineración o inhumación, pudiendo incorporar también la unidad de enterramiento (nicho, sepultura o columbario) con su correspondiente lápida e inscripción.
Traslado nacional: Garantía que contempla todos los gastos derivados del traslado del fallecido en un lugar a otro elegido por la familia dentro del territorio español.
Repatriación: Garantía que contempla todos los gastos derivados de la repatriación del fallecido de un país a otro previamente fijado en el contrato para su entierro o incineración.
Además de estas tres coberturas, los seguros de decesos incluyen cada vez más servicios y garantías como las siguientes:
Seguro de accidentes: Este seguro te garantiza una indemnización en caso de que sufras un accidente, es decir, por una causa violenta, inesperada, externa y ajena a ti, que te provoca incapacidad o incluso el fallecimiento. (En ocasiones puede incluir también la cobertura de los gastos de la asistencia sanitaria que puedas necesitar).
Asistencia en viaje: Incluye diversas prestaciones en caso de que te encuentres en dificultades de todo tipo cuando estás fuera de tu domicilio (tanto en España como en el extranjero) y, especialmente, en el transcurso de un viaje (por ejemplo, localización de equipajes, gasto de hospitalización hasta un determinado límite, asistencia por robo, etc.).
Subsidio por incapacidad temporal: Esta cobertura te garantiza una prestación económica diaria si un accidente o enfermedad que requiere la asistencia y/o tratamiento médico te provoca una incapacidad temporal por la que no puedes dedicarte a tu actividad laboral o profesional.
Subsidio por hospitalización: Te garantiza una prestación económica diaria si, como consecuencia de una enfermedad o un accidente, tienes que ser hospitalizado.
Asesoría jurídica: Esta cobertura garantiza el asesoramiento, las gestiones y el pago de los gastos que puedan tener tus familiares cuando, tras tu fallecimiento, deben conseguir determinada documentación jurídica (certificados, pensiones, etc.).
Testamento notarial y testamento vital: Te facilita y cubre los gastos que te genere hacer un testamento notarial abierto en España o modificar otro ya hecho anteriormente. También incluye el documento de instrucciones previas (conocido como testamento vital) por medio del cual puedes expresar objetivos, voluntades e instrucciones vitales, anticipándote a que, llegado el momento, tu salud no te permita expresar tu voluntad (por ejemplo, que en caso de hospitalización, no deseas recibir visitas de determinada persona; designación de determinada persona para tu asistencia y cuidado y cumplimiento de las propias instrucciones previas; deseo de que no exista funeral u honras fúnebres; donación de tu cuerpo a la ciencia o incineración en caso contrario, etc.).
Asistencia psicológica: Prestación de atención psicológica a tus familiares tras tu fallecimiento, algo muy conveniente en caso de fallecimientos traumáticos, de menores, suicidios, huérfanos menores de edad, etc.
Gestión final de la vida digital: En caso de fallecimiento, si tus familiares lo solicitan, el seguro se ocupa (siempre que sea posible) de localizar tus cuentas y perfiles en páginas web, foros, chats, redes sociales, blogs, etc. La aseguradora también puede eliminar, traspasar o conservar en un soporte digital (DVD o memoria USB) los archivos que tengas en sistemas de almacenamiento en servidores (nube de Internet). Además, la aseguradora comunicará el fallecimiento a los responsables de los ficheros para que cancelen tus datos y eliminen tus perfiles y cuentas en redes sociales (siempre que sea posible identificar a los responsables ante los que pedir esta cancelación). Debes tener en cuenta que la compañía no puede garantizar el resultado de estas gestiones.
Las mascotas se han convertido en un miembro más de la familia. Y como tal también necesitan su cuidado, su protección, ¿y su aseguramiento? Muchas personas no lo saben, pero en su seguro de hogar puede incluir coberturas que protegen a los animales de compañía. Por ejemplo, muchas pólizas de hogar incluyen los daños causados por mascotas. Esto es así siempre y cuando estas mascotas no estén obligadas por alguna normativa a contar con un seguro obligatorio. Por ejemplo, los perros considerados peligrosos están obligados a tener contratado un seguro específico de responsabilidad civil. En este caso, estos perros no tendrían cobertura en lo referente a la responsabilidad civil en nuestro seguro de hogar.
La responsabilidad civil familiar de un seguro de hogar es la cobertura que protege a nuestras mascotas sobre los daños que puedan causar a terceros. De todas formas, siempre es importante revisar las coberturas de incluye nuestro seguro de hogar, poner interés en lo que excluye nuestro seguro y en los capitales y límites económicos que nos aplican.
Algunos seguros de hogar incluyen otras coberturas que sí están pensadas en los animales de compañía como un servicio telefónico de orientación veterinaria e información general sobre mascotas. Este servicio telefónico suele ofrecer ayuda para consultas veterinarias relacionadas con la alimentación de los animales de compañía, consejos para mejorar sus cuidados, las vacunaciones obligatorias, información sobre leyes que les afecten y guías sobre sociedades protectoras de animales, establecimientos que admiten animales y otros datos de interés para viajar con mascotas.
También hay pólizas de hogar que incluyen en su servicio telefónico de asesoramiento jurídico poder realizar consultas relativas a los animales de compañía. Otras coberturas para animales de compañía en un seguro de hogar son la garantía de indemnización en caso de robo, indemnización en caso de fallecimiento por accidente, el sacrificio e incineración o una garantía de asistencia veterinaria que cubre parte de los gastos veterinarios.
La recomendación general es que hay que incluir a nuestra mascota en la póliza para poder disfrutar de las coberturas que le pueden proteger. De todas formas, si las coberturas de nuestro seguro de hogar están muy limitadas para tener bien protegida a nuestra mascota es recomendable contratar un seguro de animales de compañía que cuentan con más servicios y la posibilidad de ampliar el nivel de protección.
¿Sabías que los atropellos son la primera causa de la mortalidad de animales domésticos en España? Este imprevisto y muchos más pueden afectar a los perros. En el caso de los atropellos hay que reconocer que en la mayoría de los casos es producido por culpa del conductor del vehículo, pero hay algunos casos que es el animal el que provoca el accidente. En este último caso, ¿quién es el responsable? Pues el propietario del animal es el responsable del accidente. Entre los animales que más causan accidentes de tráficos están los perros. Por lo que los dueños de perros tienen que tener en cuenta la responsabilidad que pueden llegar a tener en caso de un accidente de este tipo donde su mascota es la causante.
Los seguros de hogar cubren la responsabilidad de las mascotas, pero es importante revisar los límites y exclusiones de cada póliza. Los perros, al ser la mascota más frecuente, por cuestión estadística son los animales domésticos que más percances causan. Los perros no suelen dañar a nadie, pero si hay una minoría que pueden causar daños a otros perros. En este caso el propietario sigue siendo el responsable de estos daños. En la mayoría de los casos en los que un perro causa un percance es por fallo humano, es decir, un despiste de su propietario que ha dejado suelto y sin vigilancia al perro en una situación de potencial riesgo para las personas, las cosas u otros animales.
Según datos del año 2016 de la asociación empresarial del seguro UNESPA, cada año se producen en España 16.000 incidentes relacionados con mascotas cubiertos por el seguro. En la inmensa mayoría de los casos, un 98,5%, los percances fueron protagonizados por perros. Les siguen gatos y animales de otras especies, con el 0,9% y 0,6% de los siniestros, respectivamente. Según esta asociación “el estudio pone de manifiesto la creciente presencia de este tipo de pólizas, debida a la mayor concienciación entre los propietarios de mascotas sobre los riesgos y la responsabilidad que supone tener un animal doméstico”.
Los principales servicios que solicitan al seguro los propietarios de perros son salud (7 de cada 10 peticiones al seguro), responsabilidad civil (una de cada 10 peticiones al seguro) y la retirada del cadáver de la mascota en caso de su fallecimiento. La asistencia telefónica veterinaria o la indemnización por robo o extravío de la mascota son otras peticiones habituales que realizan los dueños de perros a su seguro.
Es fácil encontrar seguros de decesos muy baratos. Los precios de los seguros están directamente influidos por las coberturas y garantías que ofrecen. Es muy sencillo: a más coberturas y garantías lo natural es que el precio del seguro sea mayor, y a menos coberturas y garantías el precio tiende a ser menor, en general. Pero hay algunas coberturas a las que no es aconsejable renunciar por pagar un poco menos. Una de estas coberturas que son recomendables contratar en un seguro de decesos es la de repatriación, especialmente para aquellas personas que viajan al extranjero.
No se suele escoger la hora ni el lugar donde una persona muere, pero un fallecimiento en el extranjero requiere el traslado del cuerpo a España, y eso no es nada barato. Según un informe de UNESPA, la asociación de empresas de seguros, recoge que el traslado de un cadáver dentro el territorio nacional tiene un coste de 424 euros. En cambio, repatriar un cuerpo desde el extranjero es realmente mucho más costoso. En concreto, el coste de repatriar un cuerpo desde el extranjero a España ronda los 6.000 euros. De hecho, cada año, las compañías de seguros españolas gestionan en torno a 500 repatriaciones.
Una póliza de decesos que sea completa tiene que incluir la cobertura de repatriación. Para esta garantía no importa en qué lugar del mundo se produzca el fallecimiento. Con la cobertura de repatriación el traslado hasta el cementerio elegido en España se realiza desde cualquier parte del mundo.
Esta cobertura de repatriación cobra especial relevancia si el fallecimiento se produce en el extranjero. Los trámites con las autoridades del país para llevar a cabo el traslado pueden ser complejos y el coste económico (aparte del emocional) para la familia sería muy elevado (pasando a ser la partida de mayor cuantía de todas las que conforman un entierro) de no contar con esta cobertura. De ahí su importancia. Es muy importante también que esta cobertura de repatriación incluya la gestión de los trámites con las autoridades (ya sean españolas o extranjeras).
Después de este análisis sobre la importancia de esta garantía en la póliza de decesos cabe preguntarse si en el seguro decesos contratado incluye la cobertura de repatriación.
Elegir el mejor seguro de decesos por calidad y precio es un reto que no es sencillo conseguir. ¿En qué nos tenemos que fijar para elegir la mejor póliza de decesos? Este es la pregunta clave que nos planteamos a la hora de decidir qué debe incluir un buen seguro de decesos.
Contratar un buen seguro de decesos es una decisión que sin lugar a dudas tiene importantes beneficios en el futuro. Además, contratar una póliza que permita elegir las garantías que mejor se adaptan a las necesidades es otra ventaja a tener en cuenta a la hora de comprar un seguro de decesos.
Lo más habitual que encontramos en una póliza de decesos son las coberturas de servicio funerario y traslado nacional. Estas dos garantías son imprescindibles en una buena póliza de decesos ya que son la base del servicio que ofrece cuando llega el momento de hacer uso de este seguro.
Una buena garantía de servicio funerario es aquella prestación de servicio fúnebre en todas las localidades del territorio español. En función de los usos y costumbres de cada localidad, en todo el territorio español, es importante que el seguro se adapte a las necesidades y deseos de enterramiento de cada unidad familiar (nicho, lápida, incineración, coches de acompañamiento, ceremonia religiosa o de otro tipo, etc.), garantizando el mejor servicio.
Una buena garantía de traslado es aquella que lo realiza a cualquier cementerio en España desde cualquier parte del mundo. Esta cobertura cobra especial relevancia si el fallecimiento se produce en el extranjero. Los trámites con las autoridades del país para llevar a cabo el traslado pueden ser complejos y el coste económico (aparte del emocional) para la familia sería muy elevado (pasando a ser la partida de mayor cuantía de todas las que conforman un entierro) de no contar con esta cobertura.
A estas dos coberturas es muy importante añadir la de repatriación, por la que en caso de que el asegurado falleciera en el extranjero es trasladado a España.
A partir de estas tres coberturas principales de una buena póliza de decesos tenemos que valorar otras garantías complementarias como la asistencia en viaje o la gestión de los servicios jurídicos.
Un buen seguro de decesos incluye la garantía de asistencia en viaje. Si en el transcurso de un viaje, en España o en cualquier parte del mundo, alguno de los asegurados falleciera, o sufriera un accidente, o padeciera una enfermedad grave, se garantizan unos servicios de asistencia imprescindibles para estos casos (traslado de acompañante para repatriación del fallecido, repatriación sanitaria en caso de accidente o enfermedad grave, billete de avión para acompañante en caso de accidente o enfermedad grave, gastos médicos de urgencia, envío de medicamentos…).
La garantía de gestión de servicios jurídicos puede llegar a ser muy útil en este tipo de seguros. En un momento tan difícil como es el fallecimiento de un ser querido, es imprescindible que haya un equipo de personas al servicio de la familia que se ocupen de todo lo necesario para hacer más liviana la carga de la pérdida. Los trámites burocráticos y administrativos que conllevan un fallecimiento son largos y farragosos (certificados de defunción, de nacimiento, de matrimonio, de últimas voluntades, solicitud y tramitación de pensiones de viudedad, orfandad, jubilación, incapacidad e invalidez…).
Existen seguros de decesos que todavía son más completos e incluyen asistencia médica y asistencia dental. Estos servicios incluyen servicios gratuitos para el asegurado y también descuentos importantes en otros servicios sanitarios. Otros seguros incluyen la garantía de redactar un testamento. Esta garantía ofrece la posibilidad de elaborar o modificar el testamento coordinando la firma en una Notaria próxima al domicilio del asegurado.
Además de las coberturas de un buen seguro de decesos hay que valorar otros aspectos como son la solvencia, experiencia en decesos y reputación de la compañía de seguros, las promociones que puedan ofrecer en un determinado momento, la calidad del servicio de atención al cliente de la aseguradora y la posibilidad de contratar online el producto. Finalmente, la relación calidad precio del seguro será un factor muy importante a la hora de contratar un buen seguro de decesos.
Contratar un seguro se puede convertir en una verdadera aventura. Distintos precios, distintas coberturas, distintos términos (algunos de ellos incomprensibles para la mayoría de los mortales), … Cada vez hay más necesidad de contratar un seguro, a veces por obligación legal como el seguro del coche y otras veces por las ventajas que tiene como el seguro de hogar, el de viaje, el de salud o los de vida. Los amplios servicios que incluyen los seguros y la seguridad de estar tranquilo con una buena póliza son grandes atractivos que hacen que aumente el número de personas que termina decidiéndose por contratar uno o varios.
¿En qué nos tenemos que fijar a la hora de contratar una póliza de seguros? Aunque los factores que influyen en el precio de un seguro y la comparación entre productos aparentemente similares pueden llegar a ser muy complejos, hay una serie de puntos a tener en cuenta cuando contratemos un seguro:
Las coberturas y garantías de la póliza. Son las prestaciones de una póliza y los riesgos que están cubiertos por el seguro. A veces los aseguradores no son conscientes de todo lo que pueden tener cubierto, como ocurre en ocasiones con el seguro de hogar que tienden cada vez más a ampliar sus garantías y coberturas.
Los periodos de carencia. Es el periodo en el que todavía no se puede disfrutar de la cobertura. Los periodos de carencia pueden llegar a ser muy importantes como en el seguro de salud, que hasta pasado varios meses el asegurado no se puede beneficiar de determinadas garantías.
Las exclusiones. Son los riesgos que no tienen cobertura o riesgos que teniendo cobertura en la póliza pueden a llegar no tener cobertura si se dan determinadas condiciones. Cada vez hay menos letra pequeña en los contratos y en las pólizas se aclaran cada vez más aquellos riesgos que quedan excluidos de cobertura. Quizás un asegurado busca contratar un seguro para cubrir determinados riesgos y por no leer la póliza y por no contar con el asesoramiento adecuado descubre que no está cubierto como necesita después de contratarla.
Los límites económicos de protección. Son los importes de dinero que marcan el tope a partir del cual no tiene cobertura en la póliza. Estos límites pueden llegar a influir mucho en el precio del seguro. A veces ocurre que el asegurado buscando ahorrar dinero en el pago del seguro reduce los límites y cuando necesita el seguro ante un siniestro se siente desprotegido porque los límites económicos no le permiten estar totalmente cubierto.
Por lo tanto, antes de firmar un contrato de seguro es muy importante revisar estos cuatro puntos y contar con el asesoramiento profesional adecuado para luego no llevarse sorpresas poco agradables.
¿Qué es la garantía de repatriación en un seguro de decesos? Es la garantía que contempla todos los gastos derivados de la repatriación del fallecido de un país a otro previamente fijado en el contrato para su entierro o incineración.
En la garantía de repatriación no importa en qué lugar del mundo se produzca el fallecimiento. Con esta garantía, el traslado hasta el cementerio elegido en España se realiza desde cualquier parte del mundo.
Esta garantía de repatriación es muy útil y necesaria si el fallecimiento se produce en el extranjero. Los trámites con las autoridades del país para llevar a cabo el traslado pueden ser complejos y el coste económico (aparte del emocional) para la familia sería muy elevado (pasando a ser la partida de mayor cuantía de todas las que conforman un entierro) de no contar con esta cobertura. De ahí su importancia. Con la garantía de repatriación en el seguro de decesos se tiene garantizado este servicio completo, incluyendo los trámites con las autoridades (ya sean españolas o extranjeras).
Otra ventaja muy importante de esta garantía es cuando es necesaria la presencia de un familiar o una persona cercana del tomador del seguro para reconocer el cuerpo del fallecido. Con esta garantía se cubren todos los gastos de esta persona para que se desplace hasta el lugar del fallecido y poder continuar con todo el proceso de repatriación del cuerpo.
La garantía de repatriación no solo se incluye en los seguros de decesos. Esta garantía es tan útil que se tiene en cuenta en otros tipos de seguros como son los seguros de asistencia en viaje, los seguros de accidentes, los seguros de salud o los seguros de coche.
Vale más un mal acuerdo que un buen juicio. Pero con juicio o sin él cuando hay problemas importantes tenemos que echar mano de un abogado. Y a veces no nos podemos llegar ni a imaginar lo compleja que puede llegar a ser la justicia… y también lo costosa que puede llegar a ser. Y aquí si que no podemos hacernos pasar por abogados porque el Derecho es muy amplio y requiere de verdaderos profesionales y muy especializados para poder interpretarlo correctamente y poder llevar a buen puerto un problema en el ámbito jurídico. Entonces, ¿cómo me puede ayudar un seguro en esta situación? Pues para estas situaciones existen los seguros de defensa jurídica.
El seguro de defensa jurídica es uno de los más extendidos en el mercado asegurador español, contando con más de tres millones de asegurados. Pero en realidad el número de personas que se pueden beneficiar del seguro de defensa jurídica es más elevado. ¿Por qué? porque este seguro tiene que ver, y mucho, con otros seguros ya que es frecuente que esté incluido en la cobertura de seguros muy masivos como son el seguro de automóvil o el seguro de hogar.
El seguro de defensa jurídica funciona de forma similar a otros seguros como es el seguro de salud. La prestación de este seguro consiste en que cuando el asegurado tiene un problema de naturaleza jurídica, la compañía de seguros le proporciona un abogado adecuado para poder ayudarle. Por lo tanto, los seguros de defensa jurídica se necesitan cuando el asegurado tiene un problema y necesita un abogado.
¿Qué problemas pueden cubrir los seguros de defensa jurídica? Pues exactamente los problemas más cotidianos que se suelen dar en los juzgados y que tratan los abogados: reclamaciones, consultas y sanciones fiscales, multas, problemas matrimoniales, fraudes en consumo de bienes y servicios, herencias, relaciones familiares, …
Algunas coberturas más comunes que incluyen los seguros de defensa jurídica son:
Defensa de temas civiles, laborales y penales.
Reclamaciones por conflictos relacionados con consumo.
La redacción, edición y revisión de textos de naturaleza legal.
Asesoramiento jurídico por teléfono sobre temas más cotidianos como herencias, familiares, alquileres, …
Temas relacionados con la vivienda y las comunidades de vecinos.
Permitir que el asegurado pueda elegir abogado y procurador, dentro de unos límites.
El asesoramiento jurídico por teléfono es una de las prestaciones más demandadas en el seguro de defensa jurídica. Otro tema importante en este tipo de seguros son las garantías de la póliza relacionadas con el pago de gastos urgentes derivados de un proceso judicial y el proceso de las apelaciones, recursos y transacciones.
Sin lugar a dudas, ante un problemón legal lo mejor es contar con el respaldo de un seguro de defensa jurídica.