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Las mascotas se han convertido en un miembro más de la familia. Y como tal también necesitan su cuidado, su protección, ¿y su aseguramiento? Muchas personas no lo saben, pero en su seguro de hogar puede incluir coberturas que protegen a los animales de compañía. Por ejemplo, muchas pólizas de hogar incluyen los daños causados por mascotas. Esto es así siempre y cuando estas mascotas no estén obligadas por alguna normativa a contar con un seguro obligatorio. Por ejemplo, los perros considerados peligrosos están obligados a tener contratado un seguro específico de responsabilidad civil. En este caso, estos perros no tendrían cobertura en lo referente a la responsabilidad civil en nuestro seguro de hogar.
 
La responsabilidad civil familiar de un seguro de hogar es la cobertura que protege a nuestras mascotas sobre los daños que puedan causar a terceros. De todas formas, siempre es importante revisar las coberturas de incluye nuestro seguro de hogar, poner interés en lo que excluye nuestro seguro y en los capitales y límites económicos que nos aplican.
 
Algunos seguros de hogar incluyen otras coberturas que sí están pensadas en los animales de compañía como un servicio telefónico de orientación veterinaria e información general sobre mascotas. Este servicio telefónico suele ofrecer ayuda para consultas veterinarias relacionadas con la alimentación de los animales de compañía, consejos para mejorar sus cuidados, las vacunaciones obligatorias, información sobre leyes que les afecten y guías sobre sociedades protectoras de animales, establecimientos que admiten animales y otros datos de interés para viajar con mascotas.  
 
También hay pólizas de hogar que incluyen en su servicio telefónico de asesoramiento jurídico poder realizar consultas relativas a los animales de compañía. Otras coberturas para animales de compañía en un seguro de hogar son la garantía de indemnización en caso de robo, indemnización en caso de fallecimiento por accidente, el sacrificio e incineración o una garantía de asistencia veterinaria que cubre parte de los gastos veterinarios.
 
La recomendación general es que hay que incluir a nuestra mascota en la póliza para poder disfrutar de las coberturas que le pueden proteger. De todas formas, si las coberturas de nuestro seguro de hogar están muy limitadas para tener bien protegida a nuestra mascota es recomendable contratar un seguro de animales de compañía que cuentan con más servicios y la posibilidad de ampliar el nivel de protección.

 

¿Sabías que los atropellos son la primera causa de la mortalidad de animales domésticos en España? Este imprevisto y muchos más pueden afectar a los perros. En el caso de los atropellos hay que reconocer que en la mayoría de los casos es producido por culpa del conductor del vehículo, pero hay algunos casos que es el animal el que provoca el accidente. En este último caso, ¿quién es el responsable? Pues el propietario del animal es el responsable del accidente. Entre los animales que más causan accidentes de tráficos están los perros. Por lo que los dueños de perros tienen que tener en cuenta la responsabilidad que pueden llegar a tener en caso de un accidente de este tipo donde su mascota es la causante.
 
Los seguros de hogar cubren la responsabilidad de las mascotas, pero es importante revisar los límites y exclusiones de cada póliza. Los perros, al ser la mascota más frecuente, por cuestión estadística son los animales domésticos que más percances causan. Los perros no suelen dañar a nadie, pero si hay una minoría que pueden causar daños a otros perros. En este caso el propietario sigue siendo el responsable de estos daños. En la mayoría de los casos en los que un perro causa un percance es por fallo humano, es decir, un despiste de su propietario que ha dejado suelto y sin vigilancia al perro en una situación de potencial riesgo para las personas, las cosas u otros animales.
 
Según datos del año 2016 de la asociación empresarial del seguro UNESPA, cada año se producen en España 16.000 incidentes relacionados con mascotas cubiertos por el seguro. En la inmensa mayoría de los casos, un 98,5%, los percances fueron protagonizados por perros. Les siguen gatos y animales de otras especies, con el 0,9% y 0,6% de los siniestros, respectivamente. Según esta asociación “el estudio pone de manifiesto la creciente presencia de este tipo de pólizas, debida a la mayor concienciación entre los propietarios de mascotas sobre los riesgos y la responsabilidad que supone tener un animal doméstico”.
 
Los principales servicios que solicitan al seguro los propietarios de perros son salud (7 de cada 10 peticiones al seguro), responsabilidad civil (una de cada 10 peticiones al seguro) y la retirada del cadáver de la mascota en caso de su fallecimiento. La asistencia telefónica veterinaria o la indemnización por robo o extravío de la mascota son otras peticiones habituales que realizan los dueños de perros a su seguro.
 

¿Qué es la garantía de repatriación en un seguro de decesos? Es la garantía que contempla todos los gastos derivados de la repatriación del fallecido de un país a otro previamente fijado en el contrato para su entierro o incineración.
 
En la garantía de repatriación no importa en qué lugar del mundo se produzca el fallecimiento. Con esta garantía, el traslado hasta el cementerio elegido en España se realiza desde cualquier parte del mundo.
 
Esta garantía de repatriación es muy útil y necesaria si el fallecimiento se produce en el extranjero. Los trámites con las autoridades del país para llevar a cabo el traslado pueden ser complejos y el coste económico (aparte del emocional) para la familia sería muy elevado (pasando a ser la partida de mayor cuantía de todas las que conforman un entierro) de no contar con esta cobertura. De ahí su importancia. Con la garantía de repatriación en el seguro de decesos se tiene garantizado este servicio completo, incluyendo los trámites con las autoridades (ya sean españolas o extranjeras).
 
Otra ventaja muy importante de esta garantía es cuando es necesaria la presencia de un familiar o una persona cercana del tomador del seguro para reconocer el cuerpo del fallecido. Con esta garantía se cubren todos los gastos de esta persona para que se desplace hasta el lugar del fallecido y poder continuar con todo el proceso de repatriación del cuerpo.
 
La garantía de repatriación no solo se incluye en los seguros de decesos. Esta garantía es tan útil que se tiene en cuenta en otros tipos de seguros como son los seguros de asistencia en viaje, los seguros de accidentes, los seguros de salud o los seguros de coche.
 

Es fácil encontrar seguros de decesos muy baratos. Los precios de los seguros están directamente influidos por las coberturas y garantías que ofrecen. Es muy sencillo: a más coberturas y garantías lo natural es que el precio del seguro sea mayor, y a menos coberturas y garantías el precio tiende a ser menor, en general. Pero hay algunas coberturas a las que no es aconsejable renunciar por pagar un poco menos. Una de estas coberturas que son recomendables contratar en un seguro de decesos es la de repatriación, especialmente para aquellas personas que viajan al extranjero.
 
No se suele escoger la hora ni el lugar donde una persona muere, pero un fallecimiento en el extranjero requiere el traslado del cuerpo a España, y eso no es nada barato. Según un informe de UNESPA, la asociación de empresas de seguros, recoge que el traslado de un cadáver dentro el territorio nacional tiene un coste de 424 euros. En cambio, repatriar un cuerpo desde el extranjero es realmente mucho más costoso. En concreto, el coste de repatriar un cuerpo desde el extranjero a España ronda los 6.000 euros. De hecho, cada año, las compañías de seguros españolas gestionan en torno a 500 repatriaciones.
 
Una póliza de decesos que sea completa tiene que incluir la cobertura de repatriación. Para esta garantía no importa en qué lugar del mundo se produzca el fallecimiento. Con la cobertura de repatriación el traslado hasta el cementerio elegido en España se realiza desde cualquier parte del mundo.
 
Esta cobertura de repatriación cobra especial relevancia si el fallecimiento se produce en el extranjero. Los trámites con las autoridades del país para llevar a cabo el traslado pueden ser complejos y el coste económico (aparte del emocional) para la familia sería muy elevado (pasando a ser la partida de mayor cuantía de todas las que conforman un entierro) de no contar con esta cobertura. De ahí su importancia. Es muy importante también que esta cobertura de repatriación incluya la gestión de los trámites con las autoridades (ya sean españolas o extranjeras).
 
Después de este análisis sobre la importancia de esta garantía en la póliza de decesos cabe preguntarse si en el seguro decesos contratado incluye la cobertura de repatriación.
 
 

Elegir el mejor seguro de decesos por calidad y precio es un reto que no es sencillo conseguir. ¿En qué nos tenemos que fijar para elegir la mejor póliza de decesos? Este es la pregunta clave que nos planteamos a la hora de decidir qué debe incluir un buen seguro de decesos.
 
Contratar un buen seguro de decesos es una decisión que sin lugar a dudas tiene importantes beneficios en el futuro. Además, contratar una póliza que permita elegir las garantías que mejor se adaptan a las necesidades es otra ventaja a tener en cuenta a la hora de comprar un seguro de decesos.
 
Lo más habitual que encontramos en una póliza de decesos son las coberturas de servicio funerario y traslado nacional. Estas dos garantías son imprescindibles en una buena póliza de decesos ya que son la base del servicio que ofrece cuando llega el momento de hacer uso de este seguro.
 
Una buena garantía de servicio funerario es aquella prestación de servicio fúnebre en todas las localidades del territorio español. En función de los usos y costumbres de cada localidad, en todo el territorio español, es importante que el seguro se adapte a las necesidades y deseos de enterramiento de cada unidad familiar (nicho, lápida, incineración, coches de acompañamiento, ceremonia religiosa o de otro tipo, etc.), garantizando el mejor servicio.
 
Una buena garantía de traslado es aquella que lo realiza a cualquier cementerio en España desde cualquier parte del mundo. Esta cobertura cobra especial relevancia si el fallecimiento se produce en el extranjero. Los trámites con las autoridades del país para llevar a cabo el traslado pueden ser complejos y el coste económico (aparte del emocional) para la familia sería muy elevado (pasando a ser la partida de mayor cuantía de todas las que conforman un entierro) de no contar con esta cobertura.
 
A estas dos coberturas es muy importante añadir la de repatriación, por la que en caso de que el asegurado falleciera en el extranjero es trasladado a España.
 
A partir de estas tres coberturas principales de una buena póliza de decesos tenemos que valorar otras garantías complementarias como la asistencia en viaje o la gestión de los servicios jurídicos.
 
Un buen seguro de decesos incluye la garantía de asistencia en viaje. Si en el transcurso de un viaje, en España o en cualquier parte del mundo, alguno de los asegurados falleciera, o sufriera un accidente, o padeciera una enfermedad grave, se garantizan unos servicios de asistencia imprescindibles para estos casos (traslado de acompañante para repatriación del fallecido, repatriación sanitaria en caso de accidente o enfermedad grave, billete de avión para acompañante en caso de accidente o enfermedad grave, gastos médicos de urgencia, envío de medicamentos…).
 
La garantía de gestión de servicios jurídicos puede llegar a ser muy útil en este tipo de seguros. En un momento tan difícil como es el fallecimiento de un ser querido, es imprescindible que haya un equipo de personas al servicio de la familia que se ocupen de todo lo necesario para hacer más liviana la carga de la pérdida. Los trámites burocráticos y administrativos que conllevan un fallecimiento son largos y farragosos (certificados de defunción, de nacimiento, de matrimonio, de últimas voluntades, solicitud y tramitación de pensiones de viudedad, orfandad, jubilación, incapacidad e invalidez…).
 
Existen seguros de decesos que todavía son más completos e incluyen asistencia médica y asistencia dental. Estos servicios incluyen servicios gratuitos para el asegurado y también descuentos importantes en otros servicios sanitarios. Otros seguros incluyen la garantía de redactar un testamento. Esta garantía ofrece la posibilidad de elaborar o modificar el testamento coordinando la firma en una Notaria próxima al domicilio del asegurado.
Además de las coberturas de un buen seguro de decesos hay que valorar otros aspectos como son la solvencia, experiencia en decesos y reputación de la compañía de seguros, las promociones que puedan ofrecer en un determinado momento, la calidad del servicio de atención al cliente de la aseguradora y la posibilidad de contratar online el producto. Finalmente, la relación calidad precio del seguro será un factor muy importante a la hora de contratar un buen seguro de decesos.
 

 

Contratar un seguro se puede convertir en una verdadera aventura. Distintos precios, distintas coberturas, distintos términos (algunos de ellos incomprensibles para la mayoría de los mortales), … Cada vez hay más necesidad de contratar un seguro, a veces por obligación legal como el seguro del coche y otras veces por las ventajas que tiene como el seguro de hogar, el de viaje, el de salud o los de vida. Los amplios servicios que incluyen los seguros y la seguridad de estar tranquilo con una buena póliza son grandes atractivos que hacen que aumente el número de personas que termina decidiéndose por contratar uno o varios.
¿En qué nos tenemos que fijar a la hora de contratar una póliza de seguros? Aunque los factores que influyen en el precio de un seguro y la comparación entre productos aparentemente similares pueden llegar a ser muy complejos, hay una serie de puntos a tener en cuenta cuando contratemos un seguro:
 

Las coberturas y garantías de la póliza. Son las prestaciones de una póliza y los riesgos que están cubiertos por el seguro. A veces los aseguradores no son conscientes de todo lo que pueden tener cubierto, como ocurre en ocasiones con el seguro de hogar que tienden cada vez más a ampliar sus garantías y coberturas.

 

Los periodos de carencia. Es el periodo en el que todavía no se puede disfrutar de la cobertura. Los periodos de carencia pueden llegar a ser muy importantes como en el seguro de salud, que hasta pasado varios meses el asegurado no se puede beneficiar de determinadas garantías.

 

Las exclusiones. Son los riesgos que no tienen cobertura o riesgos que teniendo cobertura en la póliza pueden a llegar no tener cobertura si se dan determinadas condiciones. Cada vez hay menos letra pequeña en los contratos y en las pólizas se aclaran cada vez más aquellos riesgos que quedan excluidos de cobertura. Quizás un asegurado busca contratar un seguro para cubrir determinados riesgos y por no leer la póliza y por no contar con el asesoramiento adecuado descubre que no está cubierto como necesita después de contratarla.

 

Los límites económicos de protección. Son los importes de dinero que marcan el tope a partir del cual no tiene cobertura en la póliza. Estos límites pueden llegar a influir mucho en el precio del seguro. A veces ocurre que el asegurado buscando ahorrar dinero en el pago del seguro reduce los límites y cuando necesita el seguro ante un siniestro se siente desprotegido porque los límites económicos no le permiten estar totalmente cubierto.

 
Por lo tanto, antes de firmar un contrato de seguro es muy importante revisar estos cuatro puntos y contar con el asesoramiento profesional adecuado para luego no llevarse sorpresas poco agradables.

 

Vale más un mal acuerdo que un buen juicio. Pero con juicio o sin él cuando hay problemas importantes tenemos que echar mano de un abogado. Y a veces no nos podemos llegar ni a imaginar lo compleja que puede llegar a ser la justicia… y también lo costosa que puede llegar a ser. Y aquí si que no podemos hacernos pasar por abogados porque el Derecho es muy amplio y requiere de verdaderos profesionales y muy especializados para poder interpretarlo correctamente y poder llevar a buen puerto un problema en el ámbito jurídico. Entonces, ¿cómo me puede ayudar un seguro en esta situación? Pues para estas situaciones existen los seguros de defensa jurídica.

El seguro de defensa jurídica es uno de los más extendidos en el mercado asegurador español, contando con más de tres millones de asegurados. Pero en realidad el número de personas que se pueden beneficiar del seguro de defensa jurídica es más elevado. ¿Por qué? porque este seguro tiene que ver, y mucho, con otros seguros ya que es frecuente que esté incluido en la cobertura de seguros muy masivos como son el seguro de automóvil o el seguro de hogar.

El seguro de defensa jurídica funciona de forma similar a otros seguros como es el seguro de salud. La prestación de este seguro consiste en que cuando el asegurado tiene un problema de naturaleza jurídica, la compañía de seguros le proporciona un abogado adecuado para poder ayudarle. Por lo tanto, los seguros de defensa jurídica se necesitan cuando el asegurado tiene un problema y necesita un abogado.

¿Qué problemas pueden cubrir los seguros de defensa jurídica? Pues exactamente los problemas más cotidianos que se suelen dar en los juzgados y que tratan los abogados: reclamaciones, consultas y sanciones fiscales, multas, problemas matrimoniales, fraudes en consumo de bienes y servicios, herencias, relaciones familiares, …

Algunas coberturas más comunes que incluyen los seguros de defensa jurídica son:

Defensa de temas civiles, laborales y penales.
Reclamaciones por conflictos relacionados con consumo.
La redacción, edición y revisión de textos de naturaleza legal.
Asesoramiento jurídico por teléfono sobre temas más cotidianos como herencias, familiares, alquileres, …
Temas relacionados con la vivienda y las comunidades de vecinos.
Permitir que el asegurado pueda elegir abogado y procurador, dentro de unos límites.

El asesoramiento jurídico por teléfono es una de las prestaciones más demandadas en el seguro de defensa jurídica. Otro tema importante en este tipo de seguros son las garantías de la póliza relacionadas con el pago de gastos urgentes derivados de un proceso judicial y el proceso de las apelaciones, recursos y transacciones.

Sin lugar a dudas, ante un problemón legal lo mejor es contar con el respaldo de un seguro de defensa jurídica.

 

Los centros educativos son lugares donde nuestros hijos llegan a pasar gran parte de su tiempo. Y en estos sitios se pueden producir todo tipo de accidentes, aunque afortunadamente las medidas de seguridad y protección reducen mucho sus posibilidades y consecuencias.

Además de las exigentes normativas de seguridad que tienen que cumplir los centros educativos tienen que contar con seguros escolares obligatorios. ¿A quién protege un seguro escolar? Los seguros escolares obligatorios cubren a los estudiantes menores de 28 años. Estos estudiantes tienen que cursar estudios reglados por el Ministerio de Educación como la Educación Secundaria Obligatoria o los estudios universitarios.

El seguro escolar inicia su historia con una Ley en el año 1953. Este tipo de seguro está previsto en la Ley General de la Seguridad Social como un Régimen Especial para los estudiantes menores de 28 años.
Concretamente están incluidos en este seguro todos los estudiantes españoles menores de 28 años, que cursen en España:
 

Bachillerato, 3º y 4º de ESO.
Formación Profesional, de segundo grado, grado medio, superior y especial.
Curso de Orientación Universitaria y Bachillerato Unificado Polivalente (estudiantes repetidores).
Programas de cualificación profesional.
De los centros integrados.
Estudios Universitarios de grado medio, grado superior y de doctorado.
De grado superior en conservatorios de música.
De grado superior en conservatorios de danza.
Arte dramático.
Teología en los centros superiores de la Iglesia Católica.
Segundo curso de educación secundaria de personas adultas.
Estudiantes universitarios que realicen prácticas en empresas.
Programas de formación para la transición a la edad adulta.

 
Los estudiantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, y, todos los estudiantes extranjeros residentes en España hasta los 28 años también están cubiertos por el seguro escolar obligatorio.

Este seguro se incluye al pagar la matrícula del estudio y tiene unas amplias coberturas que cubren tanto accidentes dentro del centro escolar como fuera. Pero, ¿exactamente para qué sirve el seguro escolar? El seguro escolar cubre fundamentalmente accidentes que puedan sufrir los estudiantes durante su estancia en el entorno del centro educativo. Las principales coberturas del seguro escolar son:

Accidentes que se produzcan mientras el estudiante está realizando actividades educativas. Es decir, los accidentes relacionados directa o indirectamente con los estudiantes en el centro escolar o fuera de él si están realizando actividades escolares. La asistencia sanitaria y la hospitalización derivada de estos accidentes se incluyen en el seguro escolar obligatorio. Si el alumno tiene un accidente grave puede tener acceso a una indemnización e incluso una renta vitalicia si tiene algún tipo de incapacidad reconocida. Si por desgracia el alumno fallece su familia puede percibir una indemnización.

 

Otras coberturas relacionadas con la enfermedad o situaciones familiares especiales. En el caso de que fallezca el cabeza de familia del estudiante el seguro escolar cubre una ayuda económica si los ingresos de su unidad familiar no superan unos mínimos.

 
En resumen, el seguro escolar obligatorio ofrece a los estudiantes prestaciones por accidente escolar, prestaciones por enfermedad y prestaciones por infortunio familiar.

Además del seguro escolar obligatorio, los centros educativos y las Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado (AMPAS) suelen contratar otros seguros como seguros multirriesgos, seguros de responsabilidad civil y seguros escolares voluntarios. Todos estos seguros buscan que nuestros hijos y los centros educativos donde estudian tengan la máxima protección y seguridad.
 

Los viajes son experiencias que pueden llegar a ser inolvidables, … igual de inolvidable si ocurre algún percance que pueda alterar nuestros planes de viaje. Para evitar estas situaciones donde algo que ocurra inesperadamente pueda fastidiarnos un viaje existen los seguros de viaje. Contar con un seguro de viaje con las coberturas adecuadas para el tipo de viaje que realicemos es muy importante para ganar en tranquilidad y poder disfrutar al máximo de nuestro viaje. ¿Por qué motivos tendríamos que contratar un seguro de viaje? A continuación, se recogen los 10 principales buenos motivos para contratar un seguro de viaje:

Nunca se sabe cuándo te vas a poner enfermo. Una gripe, una gastroenteritis, una apendicitis, … hay múltiples enfermedades que pueden aparecer de un día para otro. Si tenemos planificado un viaje este tipo de enfermedades pueden perfectamente replantearnos nuestros planes. Un seguro de viaje nos ayudará a que si tenemos una enfermedad durante el viaje contemos con el apoyo adecuado.
Los accidentes pueden ocurrir en cualquier momento y en cualquier lugar. Y si además estamos lejos de nuestra casa los accidentes se pueden complicar hasta situaciones inimaginables. Los seguros de viajes facilitan la gestión de estos accidentes, incluso pudiendo gestionar la vuelta adelantada a nuestra casa en caso de accidente grave.
La cancelación anticipada de un viaje puede llegar a ser lo más frecuente y costoso. Un buen seguro de viaje siempre incluye la garantía de cancelación de viaje, por lo que si hay un motivo bien justificado al menos contaremos con que no perderemos el dinero de las reservas del viaje.
Mejor acompañado que solo ante una hospitalización durante un viaje. Si por desgracia tenemos que estar hospitalizados fuera de casa durante un viaje, el seguro de viaje puede ayudarnos a que nuestro acompañante durante el viaje esté con nosotros en el hospital. Esto incluye cubrir parte de los gastos más importantes que toda esta inesperada situación genera a nuestro acompañante.
La asistencia sanitaria no es igual en todos los países. España tiene la fortuna de contar con uno de los sistemas sanitarios más avanzados y más solidarios del mundo. Lamentablemente en la mayor parte de los países no es así. Por lo que si necesitamos asistencia durante el viaje probablemente nos encontraremos con que sus precios son prohibitivos. Un buen seguro de viaje con las coberturas de asistencia sanitaria adaptadas al lugar donde viajamos nos puede ahorrar muchísimo dinero.
¿Las aerolíneas pierden los equipajes? La pérdida de los equipajes por parte de las compañías aéreas es más frecuente de lo que la gente piensa. Aunque en muchas ocasiones la aerolínea ayuda y compensa esta pérdida también es común que no nos valore correctamente la pérdida o que la compensación de la compañía aérea sea muy baja. Con un buen seguro de viaje podemos obtener un adelanto rápido para poder resarcir gran parte de la pérdida.
Olvidarse algo al salir de viaje es muy común. Lo que no es común es poder contar con esa documentación importante que necesitas durante el viaje y que dejaste olvidada en casa. Algunos seguros de viaje cubren los gastos de envío de esa documentación. Sin duda, una muy buena cobertura para olvidadizos.
Más vale tarde que nunca. A veces las demoras son muy frecuentes en los viajes. Pero determinadas demoras pueden alterar nuestros planes de viaje, sobre todo cuando nos hace perder un enlace aéreo o un evento al que teníamos programado asistir. Los seguros de viaje pueden compensar en parte estas demoras.
La normativa manda. Algunos países como Cuba o Rusia exigen tener contratado un seguro de viaje. Independientemente de que nos resulte más atractivo o menos necesitamos contratar un seguro de viaje para poder cumplir la normativa del país al que viajamos.
Asistencia legal por si nos metemos en un lío. En función del país las costumbres y leyes pueden ser muy distintas a las de nuestro país. Como desconocer las leyes no nos libra de su cumplimiento podemos meternos en líos sin querer. Un seguro de viaje nos puede ayudar a solucionar incidentes y problemas legales cuando más lo necesitamos.

Lo más importante es tener en cuenta que necesitaremos un seguro de viaje dependiendo del tipo de viaje que realicemos. No es lo mismo viajar para realizar deportes en el mar o en la montaña, que viajar para un evento comercial y realizar negocios, que un viaje de placer en un crucero o un viaje donde vamos a conducir un coche en el país de destino. Cada viaje es distinto, y el seguro de viaje también es distinto.
 

¿Eres de los que les apasiona andar en bici? Además de ser económico, la bicicleta es un medio de transporte muy saludable. Usar la bici tiene muchos beneficios como son mejorar nuestro sistema cardiovascular, estimular nuestra creatividad, mejorar nuestra salud mental, mejorar nuestro sueño diario, y, en definitiva, mejorar nuestra calidad de vida. Pero además de las ventajas, usar la bicicleta implica también unos pocos riesgos como que nos atropellen, nos la roben o que causemos algún daño a alguien o a algo. Por eso siempre es importante contar con un buen seguro que nos proteja a nosotros y a nuestra bici. Pero ante esta situación, muchos se pueden preguntar, ¿tengo que asegurar mi bici?

Actualmente, no es obligatorio contratar un seguro de bicicleta, aunque sea un vehículo y el resto de vehículos sí tengan la obligación de tener contratado un seguro que al menos cubra su responsabilidad civil. De hecho, en los últimos años ha aumentado la contratación de este tipo de seguros para estos vehículos de dos ruedas: en primero lugar porque hay bicicletas con un valor económico muy alto y su robo puede causar un gran perjuicio a su propietario, y en segundo lugar para proteger al usuario de la bici ante posibles accidentes y daños.
 
Los seguros de bici suelen cubrir los accidentes, la responsabilidad civil, la asistencia en viaje, el robo y los daños que pueda tener. Algunas compañías incluyen servicios de asistencia personal para los ciclistas, defensa jurídica, gastos médicos por hospitalización, reclamación de daños, … Un dato importante es que la bicicleta puede estar asegurada dentro de un seguro de hogar, pero generalmente mientras la bici esté en casa, es decir, si entran en casa y roban la bici el seguro de hogar cubriría este siniestro. Pero si roban la bici fuera de casa generalmente el seguro de hogar no lo cubriría.

¿Y qué ocurre con las bicicletas eléctricas? De momento las bicis eléctricas no son obligatorias asegurarlas, pero desde la Comisión Europea están proponiendo un seguro obligatorio para todos los usuarios de bicicletas eléctricas. Por lo que en un futuro no sería extraño que regulasen la obligatoriedad de contratar un seguro para la bici eléctrica.